Lo bueno, lo malo y lo mismo de la 5ta Enmienda al Plan de Ajuste de la Deuda de la AEE
- comisionciudadanap
- Apr 10
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Updated: Apr 11

La Junta de Control Fiscal radicó su 5ta Enmienda al Plan de Ajuste de Deuda (PAD) de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE). Esta enmienda surge luego de que un grupo de bonistas, encabezado por el fondo buitre GoldenTree, recurriera al Tribunal de Apelaciones en Boston insistiendo en un mayor pago a los bonistas en el proceso de reestructuración y quiebra de la AEE, logrando detener la confirmación del PAD evaluado en juicio el pasado mes de marzo de 2024. Aquí compartimos un resumen de los principales cambios que esta nueva enmienda trae al plan, lo bueno, lo malo y también lo que se queda igual.
I. Lo bueno: Eliminación del cargo heredado
El cambio más importante con esta enmienda es que por primera vez desde el inicio de la reestructuración de la deuda de la AEE, no se ordena un aumento inmediato o nuevos cargos en la factura como garantía de pago a los bonistas. La Junta basa su decisión en que ni la economía local ni el bolsillo del pueblo puertorriqueño aguanta el impacto económico de nuevos aumentos en la luz. Este cambio de postura es sin duda una importante victoria de las personas, comunidades, organizaciones y el junte multisectorial que se organizó bajo la Campaña de No+Aumentos a la Luz.
A diferencia de los planes de ajuste anteriores, este 5to PAD no incluye los tres cargos nuevos en la factura de la luz que la Junta proponía para pagar la deuda de bonos. En ese sentido, el PAD cristaliza lo estipulado por la Junta en el Plan Fiscal de la AEE, en donde expresaron que los ingresos de la corporación pública no son suficientes para operar adecuadamente el sistema, mucho menos para pagar la deuda.
Como alternativa al “cargo heredado” (“legacy charge") en la factura como garantía de pago a los bonistas, pensiones y otros acreedores, se propone que parte del financiamiento venga del Gobierno central creando un fondo de reserva llamado Fondo de Reducción de Tarifas (“Rate Reduction Fund)”. La AEE podría utilizar el dinero depositado en este nuevo fondo para pagar los nuevos bonos, las pensiones y para gastos operacionales. Sin embargo, el PAD no identifica de dónde específicamente saldrían esos fondos.
II. Lo mismo: mantiene propuesta de pago a los bonistas y pensiones con algunos cambios
Sin embargo, el nuevo plan enmendado, con algunos cambios, mantiene la propuesta de pago del PAD anterior, que compromete al pueblo a pagos a los distintos acreedores de la AEE de cerca de $6.7 mil millones.
Para el pago de la deuda en bonos, aún con la decisión del Tribunal Federal en Boston, la Junta se mantiene en lo ofrecido en la cuarta enmienda: propone emitir hasta $2.5 mil millones en nuevos bonos, lo que implica un recorte de 70.6% a la deuda en bonos actual con bonistas.
El cambio más importante a la propuesta de pago anterior a los bonistas es que se eliminan los “instrumentos de valor contingente”. Esta decisión representa un cambio en la postura de la Junta durante todo el proceso de reestructuración bajo PROMESA, que priorizó llegar a soluciones consensuadas y acuerdos con los principales bonistas (incluyendo los fondos buitre) y evitar litigios.
En cuanto al pago al Sistema de Retiro de la AEE y las personas pensionadas, la propuesta de este 5to PAD es similar a la anterior. Al igual que en la 4ta enmienda, el PAD propone convertir el sistema de pensiones a un “Pay as you go” para las pensiones actuales y elimina la pensión de beneficio definido para los trabajadores activos a un sistema de contribución definida. Para esto, se crea el “PREPA PayGo Trust”, un fondo especial que la AEE debe rellenar periódicamente, y cuyas reservas son exclusivamente para cumplir con los pagos debidos a los miembros del Sistema de Retiro de la AEE.
Un cambio importante entre esta 5ta Enmienda y la anterior es que, por primera vez, se reconocen el pago de las pensiones de los miembros del Sistema de Retiro de la AEE como ‘gastos operacionales’ de la Autoridad. Esta categorización le ofrece mayor protección a los pensionados, pues prioriza el pago de sus beneficios acumulados por encima de otras deudas no aseguradas. A pesar de esto, la liquidez del Sistema de Retiro de la AEE continúa en cuestión.
Por un lado, la Junta se mantiene en su posición de exigir aumentos a la luz para el pago de las pensiones, no en el PAD, pero sí directamente al Negociado de Energía. También, como se describe más adelante, tanto el Plan Fiscal como esta 5ta Enmienda se basa en que la AEE no contará con suficientes ingresos futuros como para cubrir el pago a bonistas al igual que las pensiones de sus trabajadores. De igual forma, se indica que se pueden pagar las pensiones del Fondo de Reducción de Tarifas de ser necesario, al igual que los bonos. En caso de que hayan insuficiencias para pagarle a cualquiera de los dos acreedores, se podría dar una disputa legal mediante la cual los bonistas busquen asegurar sus pagos antes que los beneficios a pensionados.
La siguiente tabla resume los puntos más importantes de esta 5ta Enmienda al PAD de la AEE.

III. Pagos a los bonistas
El PAD divide a los bonistas en tres clases de acreedores.
Bonistas que acordaron con la Junta antes del 24 de febrero de 2023 (Clase 1): Estos bonistas, que en el PAD son identificados como los “First Settlement Bondholders”, son un grupo minoritario dueños de aproximadamente $75 millones de bonos. El PAD les ofrece una recuperación del 50% de sus reclamos, ya sea en efectivo o en nuevos bonos.
Bonistas que apoyen el PAD (Clase 2A): Este grupo, donde está el grueso de los bonistas que respaldan el PAD, recibirían una recuperación base de 16.5% de sus reclamos, pagado en efectivo. En este grupo de bonistas está el grupo de fondos buitre liderados por BlackRock, quienes en el anterior PAD se comprometieron a adquirir $1.6 mil millones de los nuevos bonos y que ahora, en esta nueva versión del PAD, pueden comprometerse a comprar $254 millones adicionales.
También el nuevo PAD les ofrece otros pagos en efectivo adicionales en el caso de que la Junta logre una victoria legal sobre los bonistas que se oponen al PAD respecto a dos conflictos, en cuanto al valor del colateral de los bonos (el valor de los ingresos netos) y el dinero que los bonistas buscan recuperar mediante el pleito de revisión de los gastos administrativos sobre el posible desvío indebido de ingresos netos para otros fines que no fueron para pagar los bonos. Por supuesto, la Junta los va a recompensar con una serie de bonificaciones por estos compromisos que pueden alcanzar, en total, cerca de $145 millones.
Bonistas que rechazan el PAD (Clase 2B): Bonistas y fondos buitre que insisten se les pague mucho más de lo que el PAD les ofrece a los demás bonistas. La Junta les ofrece pagar su parte prorrateada al valor del colateral de los bonos, esto es, del valor de los ingresos netos pasados, actuales y futuros, según este valor sea determinado por el tribunal. Mientras mayor sea el valor que el tribunal le adjudique a los ingresos netos de la AEE, mayor será su recuperación. En una moción radicada por estos bonistas opositores una semana luego de presentado el 5to PAD, alegaron que la AEE les debe $3.7 mil millones por ingresos netos que la AEE supuestamente recibió después de radicada la quiebra.
Por otro lado, esta enmienda elimina los instrumentos de valor contingente (IVC). En el anterior PAD habían dos tipos de pagos o bonificaciones contingentes que, de materializarse, abrían la posibilidad de que estos bonos sean pagados en un 100%: (a) Instrumento de valor contingente basado en los ahorros de Genera PR: una especie de bono cuyo pago solo se activa en el caso que se cumplan ciertas condiciones. El primero de estos CVIs se activaría si Genera PR, logra ciertos ahorros en sus operaciones en los próximos diez años. El 2ndo (b) instrumento de valor contingente era si se pagan primero los bonos: La AEE emitiría un segundo IVC cuyos pagos se efectuarían solo si los nuevos bonos son pagados en su totalidad antes de su fecha de maduración.
Se debe resaltar que la mayoría de los tenedores de bonos de la AEE son fondos buitre, firmas de inversión multimillonarias que se aprovechan de empresas y países en crisis para extraer ganancias sin importar las consecuencias económicas y sociales de quienes pagan. Un análisis de la Comisión concluyó que más de la mitad de los bonos de la AEE están en manos de fondos buitre.
IV. Lo malo: los números no cuadran y deja la puerta abierta a aumentos de la luz futuros.
Este nuevo PAD de la Junta contiene una serie de inconsistencias y cabos sueltos que hay que señalar. Primeramente, el PAD propone utilizar $2.6 mil millones en fondos del Gobierno central para financiar, entre otras cosas, los $2.5 mil millones en nuevos bonos que la AEE estaría emitiendo. Los fondos provistos por el Gobierno central serían depositados en el Fondo de Reducción de Tarifas del cual AEE podría retirar dinero. La AEE puede tomar prestado de este Fondo para cubrir cualquier déficit del pago recurrente a bonistas, y le corresponde a la AEE reembolsar al Fondo lo que tomó prestado –con un 4.5% de interés– dentro de los 2 años de su retiro. De no reembolsar al Fondo dentro de dos años, el uso del Fondo se restringe, y en adelante solo podrá ser utilizado para cubrir pagos en interés o principal que se deba a bonistas. Con este financiamiento, según la Junta, se evitaría tener que aumentar las facturas de la luz para pagar los bonos.
El problema con este argumento es que el país no estaría pagando solamente $2.5 mil millones en nuevos bonos, pues hay que considerar también el pago de intereses. El principal de los bonos sería de $2.5 mil millones, pero cuando se le suma el pago de intereses que estaríamos pagando hasta la maduración de los bonos, en el 2060, el pago total sería aproximadamente $5.3 mil millones. Estas cifras se pueden corroborar en el propio PAD, que incluye como “Schedule C” las tablas de amortización de los bonos.
En otras palabras, la Junta propone utilizar $2.6 mil millones del Gobierno central para pagar los bonos de la AEE y, supuestamente, evitar incrementar las facturas de la luz. Sin embargo, eso no cubriría el pago total de los bonos, si se consideran los pagos de intereses que hay que hacer. Da la impresión de que la Junta quiere postergar el problema, de tal manera de que el aumento en la luz necesario para pagar los bonos no se haga ahora, pero sí en un futuro no muy lejano.
Por si fuera poco, el PAD establece que los $2.6 mil millones que el Gobierno central estaría pagando no serían solo para pagar los bonos, sino que también se utilizarían para apoyar el pago de las pensiones y para cubrir los gastos operacionales que la Junta estime necesarios. Sencillamente, los números no cuadran.
Por otro lado, proponer utilizar fondos del Gobierno central para pagarle a los bonistas de la corporación pública es desvestir un santo para vestir otro. El hecho de que todavía no informen de dónde saldrán esos fondos es preocupante. El Gobierno no puede darse el lujo de utilizar sus fondos públicos para pagar deuda – fondos que pueden ser utilizados para fortalecer la recuperación del sistema del país.
Asimismo, hay que recordar que el Congreso y la administración del presidente Trump están discutiendo severos recortes al presupuesto del Gobierno de Estados Unidos, lo que probablemente va a implicar una reducción de los fondos públicos federales para Puerto Rico. Así pues, en un contexto en el cual el Gobierno federal está implementando medidas de austeridad, resulta reprochable el que se estén considerando utilizar fondos del Gobierno central para pagarle a los bonistas de una corporación pública.
V. ¿Qué es lo próximo?
La 4ta y 5ta Enmienda al PAD surgen como resultado de un largo conflicto legal entre la Junta y los fondos buitre, ante el fracaso del acuerdo alcanzado en el 2019, en torno al colateral y al “derecho a recurso” que tienen los bonos. El colateral se refiere a la garantía que poseen los bonos en el caso de un impago, que en este caso es el valor de los ingresos netos de la AEE luego de pagar los gastos operacionales. Por otro lado, el recurso alude a dónde los bonistas pueden ir más allá del colateral para satisfacer su reclamo si ocurre un impago, es decir, si se evidencia que no hay ingresos netos en un periodo, de dónde más pueden cobrar.
Luego de las vistas de confirmación del PAD celebradas en marzo de 2024, el Tribunal del Primer Circuito de Apelaciones de Boston revocó dos decisiones de Swain en torno al colateral de los bonos de la AEE. Por un lado, Boston sentenció que el colateral de los bonos se circunscribe a los ingresos netos (los ingresos luego de restarles los gastos operacionales), presentes y futuros, de la AEE, no solo al fondo de amortización (“sinking fund”) como argumentaba la Junta. Sin embargo, el mismo Tribunal afirmó que los bonos no tienen recurso, por lo que, en el caso de que los ingresos netos no sean suficientes para pagar, los bonistas no pueden recurrir a otros fondos o activos de la AEE. Es decir, el pago de los bonos solo puede salir de los ingresos netos de la Autoridad, no de otras fuentes.
Con esta decisión, ahora el problema principal de la reestructuración de la deuda de la AEE se desplazó al asunto de cuánto vale el colateral de los bonos, o sea, cuál es el valor de los ingresos netos de la corporación pública pasados, presentes y futuros. El Tribunal también sentenció que los bonistas tienen derecho a un “accounting” de los ingresos netos, esto es, los bonistas tienen derecho a investigar si los gasto operacionales reportados por la AEE son razonables y que la Autoridad no haya utilizado indebidamente ingresos netos para otros usos que no fuera para pagar los bonos. De los bonistas demostrar que se desviaron fondos, tienen derecho a recobrar ese dinero.
Luego de esta decisión del Tribunal de Apelaciones, la Junta procedió a certificar un nuevo Plan Fiscal, el cual sostiene que, dado el deterioro que ha sufrido el sistema eléctrico en los pasados años incluso bajo la administración de LUMA, se hace necesario aumentar las tarifas de la luz para poder operar de manera adecuada el sistema. Según la Junta, dicho aumento sobrepasaría lo que pueden pagar los residentes de Puerto Rico, por lo que no hay margen para imponer otro aumento exclusivamente para pagar la deuda.
Conclusión
Celebramos la postura de la Junta de no imponer en el PAD cargos y aumentos específicos en la factura como garantía de pago de la deuda a los bonistas. Además, la Junta confirma lo que el pueblo sabe desde hace rato: el sistema eléctrico no aguanta más. La infraestructura eléctrica de Puerto Rico está en una situación sumamente precaria, resultado de décadas de poca inversión en mantenimiento y mejoras permanentes, entre otras cosas. La privatización a través de los contratos de LUMA y de Genera PR no ha mejorado la situación, al contrario, la ha empeorado.
Sin embargo, nos preocupa que la Junta se contradice porque, por un lado, afirma que los ingresos netos de la AEE no son suficientes y que no se puede aumentar más el costo de la luz para pagar los bonos, pero mantiene una propuesta de pago que sigue siendo insostenible y deja la puerta abierta para aumentos a la luz futuros.
Si el sistema eléctrico está tan deteriorado, al punto del colapso que el pueblo sufre apagones frecuentemente, entonces, ¿por qué hay que sacar fondos del Gobierno central si el mismo Tribunal dice que los bonistas sólo pueden cobrar de los ingresos netos de la corporación pública? Si no hay ingresos suficientes y la infraestructura está precaria, no hay colateral y los bonos no se pueden ni deben pagar.
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